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Carta de Baja Voluntaria Gratis

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Preguntas frecuentes

¿Qué es una baja voluntaria?

La baja voluntaria es la decisión unilateral del trabajador de poner fin a su relación laboral con la empresa. Está regulada en el artículo 49.1.d) del Estatuto de los Trabajadores y requiere comunicación previa a la empresa.

¿Cuántos días de preaviso tengo que dar?

El preaviso depende de lo establecido en tu convenio colectivo. Si no se especifica, lo habitual son 15 días naturales. Consulta tu convenio para confirmar el plazo exacto.

¿Qué pasa si no doy preaviso?

Si no respetas el preaviso, la empresa puede descontarte de la liquidación los días de salario correspondientes al preaviso incumplido. Es recomendable cumplir siempre con el preaviso.

¿Tengo derecho a finiquito con baja voluntaria?

Sí, siempre tienes derecho al finiquito. Incluye los días trabajados del mes en curso, la parte proporcional de pagas extras y las vacaciones no disfrutadas. No tienes derecho a indemnización por despido.

¿Puedo cobrar el paro si me doy de baja voluntaria?

En general, no. La baja voluntaria no genera derecho a prestación por desempleo. Sin embargo, hay excepciones como la extinción por causa justificada (Art. 50 ET) o si tienes cotizaciones acumuladas de empleos anteriores.

¿Es lo mismo baja voluntaria que baja laboral?

No, son conceptos muy diferentes. La baja voluntaria es la dimisión del trabajador (extinción del contrato). La baja laboral es una incapacidad temporal por enfermedad o accidente que suspende el contrato pero no lo extingue. Durante la baja laboral sigues siendo empleado y cotizas a la Seguridad Social.

¿Qué trámites hacer ante el SEPE y la Seguridad Social tras la baja voluntaria?

Tras la baja voluntaria: 1) Solicita el certificado de empresa a tu empleador. 2) Inscríbete como demandante de empleo en el SEPE en un plazo de 15 días hábiles. 3) Si tienes cotizaciones previas no consumidas, consulta si puedes solicitar la prestación por desempleo. Tu alta en la Seguridad Social finalizará con el cese.

¿Es lo mismo "despido voluntario" que baja voluntaria?

"Despido voluntario" no es un término legal. Lo correcto es "baja voluntaria" o "dimisión" (Art. 49.1.d ET). Un despido siempre es decisión del empresario; una baja voluntaria es decisión del trabajador. La confusión surge porque ambos suponen la extinción del contrato, pero las consecuencias son muy distintas: el despido puede generar indemnización y derecho a desempleo, mientras que la baja voluntaria no.

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